Índice del artículo
Si tu aseguradora se retrasa o se niega a pagar, la ley está de tu parte: tiene 40 días para pagarte al menos el importe mínimo que te corresponda y 3 meses para pagarlo todo. Si se retrasa, debe pagarte intereses de demora que pueden llegar al 20 % anual. Y si no te da la razón, puedes reclamar gratis ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).
Los plazos que marca la ley
| Plazo | Quién | Qué dice la Ley de Contrato de Seguro |
|---|---|---|
| 7 días | Tú | Debes comunicar el siniestro desde que lo conoces (art. 16) |
| 40 días | Aseguradora | Debe pagar el importe mínimo que ya tenga claro, aunque falte cerrar la cantidad final (art. 18) |
| 3 meses | Aseguradora | Si no ha pagado o indemnizado, entra en mora automáticamente (art. 20) |
Comunicar el siniestro después de 7 días no hace que pierdas el derecho, pero la aseguradora puede reclamarte los daños que le cause el retraso.
Los intereses de demora
Cuando la aseguradora incurre en mora, debe pagarte un interés anual igual al interés legal del dinero más un 50 %, que se calcula día a día. Si pasan dos años desde el siniestro, el interés mínimo es del 20 % anual. No hace falta que la reclames formalmente: la mora se produce por el simple paso del tiempo, salvo que la aseguradora tenga una causa justificada.
Qué hacer paso a paso
1. Da el parte bien documentado
- Comunícalo por un medio que deje constancia (app, email, área de cliente) y guarda el número de siniestro.
- Aporta fotos, facturas, presupuestos, atestado o informe médico, según el caso.
- Si hay urgencia (una fuga de agua, por ejemplo), toma medidas para que el daño no empeore y guarda los justificantes: la aseguradora debe reembolsar esos gastos razonables.
2. Si no te pagan o te pagan menos
- Pide por escrito que te expliquen el motivo concreto del rechazo y en qué cláusula se basan.
- Revisa tu póliza: coberturas, exclusiones, franquicias y límites. Muchas veces el problema es un límite bajo o una exclusión.
- Si no estás de acuerdo con la valoración de los daños, puedes pedir una tasación pericial contradictoria: cada parte nombra un perito.
3. Reclama al servicio de atención al cliente
- Presenta una reclamación formal al Servicio de Atención al Cliente o al Defensor del Cliente de la aseguradora. Guarda la copia y el número.
- Tiene un mes para responder si eres consumidor.
4. Reclama ante la DGSFP
- Si no te responden en plazo o no estás de acuerdo, presenta una reclamación al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP. Es gratuita y se hace online en su sede electrónica o por correo.
- Tienes que acreditar que antes reclamaste a la aseguradora.
- La DGSFP emite un informe. No es obligatorio para la aseguradora, pero muchas lo acatan para evitar ir a juicio.
5. Vía judicial
Si todo lo anterior falla, puedes acudir a los tribunales. Para reclamaciones de hasta 2.000 € no necesitas abogado ni procurador en el juicio verbal. Revisa si tu seguro de hogar incluye defensa jurídica: puede pagar el abogado.
Modelo de reclamación a la aseguradora
Puedes adaptar este texto y enviarlo al Servicio de Atención al Cliente por un medio que deje constancia:
Asunto: Reclamación – siniestro n.º [número] – póliza n.º [número]
[Nombre y apellidos], con DNI [número] y domicilio a efectos de notificaciones en [dirección o email], titular de la póliza n.º [número]:
Expongo: que el [fecha] comuniqué el siniestro n.º [número], consistente en [breve descripción]. A día de hoy, [no he recibido ningún pago / se me ha denegado la indemnización alegando (motivo) / se me ha ofrecido (importe), que no cubre los daños valorados en (importe)].
Solicito: el pago de [importe] €, de acuerdo con las coberturas de la póliza, más los intereses de demora del artículo 20 de la Ley 50/1980 si han pasado más de tres meses desde el siniestro.
Adjunto: póliza, parte del siniestro, fotos, facturas o presupuestos.
[Lugar, fecha y firma]
Guarda la copia con la fecha de envío: la necesitarás si después reclamas a la DGSFP.
Cuánto tiempo tienes para reclamar
Según el artículo 23 de la Ley de Contrato de Seguro, las acciones derivadas del contrato prescriben a los 2 años en los seguros de daños (hogar, coche, comercio) y a los 5 años en los seguros de personas (vida, accidentes, salud). Una reclamación por escrito a la aseguradora interrumpe ese plazo, así que no lo dejes pasar.
Consejos para no llegar a este punto
- Lee las exclusiones y límites de tu póliza antes de contratarla, no después del siniestro.
- Asegura los capitales correctos para evitar la regla proporcional. Ver seguro de hogar: qué cubre y cómo pagar menos.
- Responde los cuestionarios con sinceridad: ocultar datos es el motivo más frecuente para rechazar un pago en seguros de vida y salud.
Preguntas frecuentes
¿Puede la aseguradora negarse a pagar si di el parte tarde? Por el simple retraso, no: puede reclamarte los perjuicios que le cause, pero no negarse a pagar. Solo pierdes el derecho si ocultas o falseas información sobre el siniestro de forma deliberada o con culpa grave.
¿Cuánto tarda la DGSFP en resolver? Suele tardar varios meses. No apures el plazo de prescripción: si te acercas a los 2 años, consulta con un abogado o una asociación de consumidores.
¿Me pueden cancelar el seguro por reclamar? La aseguradora puede no renovar la póliza al vencimiento si avisa con dos meses de antelación, pero no puede anularla en mitad del periodo por presentar una reclamación.
¿Qué es la tasación pericial contradictoria? Un procedimiento de la propia ley para cuando no estás de acuerdo con el importe: tú nombras un perito, la aseguradora otro y, si no se ponen de acuerdo, se nombra un tercero. Cada parte paga su perito.
Conclusión
La ley obliga a las aseguradoras a pagar rápido y las penaliza si se retrasan. Documenta bien el siniestro, reclama siempre por escrito y, si no te dan la razón, acude a la DGSFP: es gratis. Para otras reclamaciones de consumo, mira cómo reclamar a tu compañía.
Fuentes: Ley 50/1980, de Contrato de Seguro (arts. 16, 18 y 20); DGSFP – Presentación de quejas y reclamaciones; OCU – Modelo de reclamación a la DGSFP; Martín Parés Abogados – Qué hacer cuando el seguro no paga. Datos revisados en septiembre de 2026.