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Una compañía eléctrica no puede cortarte la luz de un día para otro por no pagar. Primero debe enviarte un requerimiento de pago por un medio fehaciente y esperar al menos 2 meses. Si tienes el bono social, el plazo es de 4 meses, y durante 2026 los consumidores vulnerables están protegidos frente a los cortes.
Los plazos, paso a paso
| Situación | Qué pasa |
|---|---|
| Dejas de pagar una factura | La compañía te reclama el pago |
| Requerimiento fehaciente | Carta o comunicación que acredita que la has recibido, con la fecha a partir de la cual podrían cortar |
| Consumidor general | Pueden solicitar el corte 2 meses después del requerimiento |
| Con bono social | El plazo es de 4 meses; después pasas al suministro mínimo vital |
| Suministro mínimo vital | Potencia limitada a 3,5 kW durante 6 meses, sin corte |
Si pagas la deuda antes de que corten, no hay corte. Si ya te la han cortado, la compañía debe reponerla tras el pago, y puede cobrarte los derechos de enganche (unos 9 € + IVA).
Además, el corte no puede hacerse en día festivo, ni en un día sin servicio de atención al cliente para reponer la luz, ni en la víspera de esos días (artículo 85 del Real Decreto 1955/2000). En la práctica, no te pueden cortar un viernes si el sábado no hay atención, ni la víspera de un festivo.
Ejemplo de calendario
Una factura vence el 1 de marzo y no se paga. El 15 de marzo recibes el requerimiento fehaciente.
| Consumidor general | Con bono social (fuera de la protección de 2026) | |
|---|---|---|
| Pueden pedir el corte desde | 15 de mayo (2 meses) | 15 de julio (4 meses) |
| Después | Corte de suministro | Suministro mínimo vital de 3,5 kW hasta el 15 de enero (6 meses) |
Mientras tanto, cada factura nueva que no pagues suma deuda: negocia un aplazamiento cuanto antes.
Protección especial en 2026
- Consumidores vulnerables: durante todo 2026 está prohibido cortar la luz por impago a quienes tienen reconocida la condición de consumidor vulnerable (bono social).
- Suministros esenciales: la normativa impide cortar la luz a hogares vulnerables severos que los servicios sociales atienden por estar en riesgo de exclusión, sobre todo si viven en ellos menores, personas con discapacidad o personas dependientes. Si es tu caso, pide a los servicios sociales que lo acrediten ante tu compañía.
Si crees que cumples los requisitos del bono social, pídelo cuanto antes: además del descuento, te protege del corte. Compruébalo con la calculadora del bono social.
Qué hacer si no puedes pagar
- No ignores las cartas. Lee la fecha del requerimiento: de ella depende el plazo.
- Llama a tu compañía y pide un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda. Muchas lo aceptan.
- Solicita el bono social eléctrico si puedes tenerlo: descuento de hasta el 57,5 % en 2026 y más protección.
- Acude a los servicios sociales de tu ayuntamiento: pueden ayudarte a pagar la factura y acreditar tu situación para evitar el corte.
- Reduce la factura: revisa la potencia contratada y usa las horas más baratas.
¿Y si me cortan sin avisar?
Si te cortan la luz sin el requerimiento previo o antes del plazo, el corte es irregular:
- Reclama inmediatamente a la compañía y pide la reposición urgente.
- Si no responde, acude a la oficina de consumo de tu comunidad autónoma.
- Te explicamos cómo en cómo reclamar a tu compañía de luz.
Cuidado con las facturas en reclamación
Si has reclamado una factura por un error, pide que se suspenda el cobro de la parte reclamada mientras se resuelve y paga el resto. Así evitas que la deuda siga creciendo.
Errores habituales
- Esperar a ver si cortan. Cuanto antes hables con la compañía y con servicios sociales, más opciones tendrás.
- Cambiarte al mercado libre si tienes o puedes tener el bono social: pierdes el descuento y la protección.
- No guardar el requerimiento: la fecha que aparece en él es la que marca los plazos.
- Pedir un préstamo rápido para pagar la luz: los intereses pueden convertir una deuda pequeña en un problema mayor. Primero pregunta por el aplazamiento.
- Pensar que cambiar de compañía borra la deuda: la antigua te la seguirá reclamando.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden cortar la luz por una sola factura sin pagar? Sí, si no la pagas después del requerimiento y pasan los plazos. Lo habitual es que primero te reclamen y te ofrezcan pagar; actúa en cuanto recibas el aviso.
¿El aviso puede llegar por email o SMS? Tiene que ser por un medio que acredite que lo has recibido. Revisa también el correo electrónico y el área de cliente: muchas compañías envían allí los avisos.
¿Y si la luz está a nombre del propietario y vivo de alquiler? Los avisos le llegan al titular. Si pagas tú las facturas, asegúrate de que el propietario te reenvía cualquier requerimiento, o mejor, pon el contrato a tu nombre: es gratis y te permite pedir el bono social. Ver cambio de titular de la luz.
¿Cuánto cuesta volver a dar la luz tras un corte? Tras pagar la deuda, la compañía debe reponer el suministro. Puede cobrarte los derechos de enganche, unos 9 € + IVA.
Fuentes: Ministerio para la Transición Ecológica – Suspensión del suministro por impago y suministro mínimo vital, Iberdrola – Corte de luz por impago, Selectra – Prórroga del bono social en 2026, Consumo Responde – La suspensión del suministro eléctrico por impago. Datos revisados en septiembre de 2026.